Terminación del contrato de arrendamiento
Obtén más información sobre los tipos de contratos de arrendamiento y cómo rescindir tu contrato según el tipo de contrato.
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En California, la mayoría de los inquilinos alquilan mensualmente o mediante un contrato de arrendamiento, que se define como un acuerdo de alquiler por un período determinado superior a 30 días. Las normas varían según el tipo de contrato de alquiler entre el propietario y el inquilino.
De mes a mes

Según la ley estatal de California, un propietario puede rescindir un contrato de arrendamiento mensual mediante un aviso por escrito con 30 días de antelación si el contrato ha durado menos de un año, o con 60 días de antelación si ha durado más de un año. Para que se aplique el requisito del aviso de 60 días, todos los inquilinos deben haber residido en la vivienda durante más de un año.
La norma del preaviso de 60 días no se aplica si la vivienda está bajo contrato de compraventa, en proceso de depósito en garantía, y el nuevo propietario tiene previsto residir en ella durante al menos un año. Independientemente de la duración del contrato mensual, el inquilino puede rescindirlo mediante un preaviso por escrito de 30 días. Una vez que el inquilino o el propietario notifican la rescisión, esta solo puede cancelarse con el acuerdo de ambas partes o si el propietario acepta el pago del alquiler por un período posterior a la fecha de rescisión.
Estos avisos pueden entregarse cualquier día del mes, y el plazo de preaviso comienza a contar de inmediato. Independientemente de cuándo el inquilino desocupe físicamente la vivienda tras el aviso, seguirá siendo responsable del pago del alquiler durante el resto del plazo, a menos que la vivienda se vuelva a alquilar antes o que el contrato de arrendamiento se rescinda por reformas u otro motivo que haga que la vivienda sea inhabitable. Debido a esta obligación de pago del alquiler, un inquilino que reciba un aviso de 60 días y desee desocupar la vivienda antes de tiempo deberá notificarlo al propietario con 30 días de antelación.
Ninguna de las partes está obligada a justificar la rescisión del contrato de arrendamiento, pero el arrendador no puede rescindirlo para discriminar al inquilino por motivos de raza, discapacidad o cualquier otra condición protegida. Asimismo, la rescisión no puede utilizarse como represalia contra el inquilino por ejercer un derecho protegido, como presentar una queja ante la oficina de control de cumplimiento de normas municipales.
La notificación por escrito puede entregarse directamente al inquilino o al propietario. Si no es posible realizar esta entrega, se puede dejar una copia con un adulto del hogar y enviar una segunda copia por correo. También puede enviarse por correo certificado o registrado.
Arrendamientos

Un contrato de arrendamiento finaliza automáticamente al expirar su plazo. No se requiere notificación por ninguna de las partes, a menos que el propio contrato contenga una cláusula de preaviso. Sin embargo, si el inquilino permanece en la propiedad después de la fecha de vencimiento con el permiso del arrendador, pero sin un nuevo contrato, este se convierte automáticamente en un contrato mensual. En ese caso, se aplicarán las normas de rescisión para los contratos mensuales.
Las víctimas documentadas de violencia doméstica y los miembros de las fuerzas armadas que sean reasignados pueden rescindir unilateralmente un contrato de arrendamiento con un preaviso de 30 días. Las dificultades económicas u otros cambios imprevistos no constituyen motivo para la rescisión anticipada sin el consentimiento de la otra parte.
Normas de rescisión para otros tipos de arrendamientos

A los inquilinos que alquilan una vivienda en virtud de un vale de vivienda de la Sección 8 se les debe entregar un aviso por escrito con 90 días de antelación.
Un inquilino temporal es un adulto, como un amigo o familiar, que reside en una propiedad durante más de 30 días con el permiso del propietario, pero sin pagar alquiler ni tener un contrato de arrendamiento escrito o verbal. Este arrendamiento puede rescindirse con un preaviso de 30 días, independientemente de su duración.
Un inquilino que alquila una habitación en una vivienda donde también reside el propietario, sin otros inquilinos, es un residente. Si el propietario tiene acceso a la habitación, puede rescindir el contrato con un preaviso de 30 días. Los demás inquilinos están sujetos a las condiciones habituales de los contratos mensuales o de arrendamiento.
Un inquilino que reside en un motel durante más de 30 días goza de todos sus derechos como arrendatario, los cuales no pueden ser anulados mediante el cambio de habitación cada 29 días. Una persona que reside en un hotel con servicio completo que ofrece servicio de habitaciones y otras comodidades no es un arrendatario y puede ser desalojada de inmediato.
Un empleado que vive en una propiedad alquilada, como por ejemplo un administrador residente, sin un contrato de alquiler independiente, no es un inquilino y puede ser despedido sumariamente de conformidad con el contrato de trabajo.
Rescisión del contrato por incumplimiento del inquilino

Independientemente del tipo de contrato de alquiler, un inquilino que incumpla el acuerdo, por ejemplo, por falta de pago del alquiler, puede ser desalojado tras recibir un aviso de desalojo de 3 días. Algunas infracciones, como la comisión de delitos, no pueden subsanarse. Un inquilino que cometa este tipo de infracción puede ser desalojado tras recibir un aviso de desalojo incondicional de 3 días. Para más información, visite nuestra página de «Aviso de 3 días».
Ningún inquilino de California puede ser desalojado mediante un proceso de exclusión voluntaria de su vivienda; todo inquilino debe recibir la notificación escrita correspondiente, seguida de un proceso judicial por desalojo ilegal si fuera necesario. Para obtener más información, visite nuestra página sobre "Desalojo Voluntario".
Tenga en cuenta: Muchas ordenanzas locales en California imponen limitaciones adicionales al derecho del propietario a rescindir un contrato de arrendamiento. Por ejemplo, algunas exigen que el propietario tenga una causa justificada para la rescisión. Siempre se deben consultar las ordenanzas locales para determinar si existen diferentes derechos y responsabilidades.
¡Podemos ayudarte!
Project Sentinel es una agencia de vivienda sin fines de lucro que brinda educación, asesoramiento y resolución de disputas entre inquilinos y propietarios a los miembros de la comunidad y a los proveedores de vivienda.
Si usted es inquilino, es posible que podamos:
Explíquenos sus derechos y responsabilidades en materia de vivienda según las leyes de vivienda.
educar al propietario o gerente sobre sus obligaciones legales
Negociar con el propietario o administrador de la propiedad en su nombre
proporcionar referencias para obtener más ayuda
Si usted es un proveedor de vivienda, es posible que podamos:
Explique sus obligaciones según las leyes de vivienda.
impartir una capacitación sobre derechos y responsabilidades para usted y/o su personal.
proporcionarle recursos educativos adicionales
