Hay varias clases de avisos de 3 días:
El dueño debe entregar al inquilino un aviso por escrito de desalojar 1) dándolo al inquilino personalmente, 2) dejando una copia a otra persona en la unidad y enviando otra copia por correo, ó 3) colocando una copia en la propiedad y enviando por correo una copia al inquilino.
Si el inquilino no cumple con el aviso de 3 días, el dueño puede empezar el procedimiento de desalojo el 4º día. El inquilino tiene 5 días, (incluyendo fines de semana) después de recibir el aviso de desalojo para responder sometiendo ante la corte una Respuesta junto con una copia del aviso de desalojo. Si el inquilino no somete esos papeles, pierde el caso automáticamente y no va a la corte. En ese momento, el Sheriff pondrá un aviso de desalojar dentro de 5 días. Si el inquilino no se sale, el Sheriff puede físicamente sacarlo y cerrar el lugar. Si las pertenencias del inquilino quedan adentro, el inquilino tendrá que pagar cargos por almacenaje para que se las devuelvan.
| California Tenants: A Guide to Residential Tenants' and Landlords' Rights and Responsibilities Legal Aid Society of San Mateo County
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